¿Quién administra los bienes que tiene la SAE?
La administración de los bienes entregados a la SAE en proceso de extinción de dominio es ejercida de dos maneras
1. Directamente por la SAE
2. Mediante la asignación de depositarios provisionales
¿Qué debo hacer para ser depositario provisional?
Las personas naturales y/o jurídicas que desean ser parte del registro de depositarios provisionales deben realizar el siguiente proceso:
1. Estar atentos a la convocatoria pública que hace la Entidad, la cual es publicada en la página web www.saesas.gov.co en el botón Convocatorias
2. Cumplir con los términos y referencias publicados
¿Puede el depositario provisional escoger el inmueble para administrar?
No. La asignación de bienes muebles e inmuebles y/o sociedades se realiza mediante un proceso sistematizado a través del módulo creado para tal fin. Dicha asignación se genera teniendo en lo siguiente: clasificación como Depositario Provisional y/o Liquidador, actividad económica en la que se encuentra clasificado, experiencia, cobertura geográfica, capacidad o perfil de riesgo calculado en el sistema y la calificación generada en el modelo utilizado.
Consulte la metodología en el siguiente enlace:
¿El arrendamiento se puede hacer directamente con el depositario?
Si, los depositarios tienen las facultades para arrendar los inmuebles que se encuentran en sus portafolios, igualmente internamente en SAE se lleva la correspondiente supervisión
¿El depositario puede arrendar un predio cuyo valor del canon es superior a un millón de pesos?
Si, teniendo en cuenta que cuentan con facultades y siempre y cuando no se excedan pueden realizar contratos de arriendo bajo la supervisión de la Regional correspondiente
¿Cómo puedo averiguar si una persona es depositario o quien me responde si es funcionario o no?
Se debe remitir un correo electrónico atencionalciudadano@saesas.gov.co, con el nombre completo del depositario y/o funcionario, solicitando validación de información
Whatsapp
Facebook
Twitter
Youtube
Instagram
Centro de Relevos